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    La PGR defiende los «acuerdos» que realiza con «delatores» que recibieron miles de millones

    Todos los acuerdos concluidos se han llevado a los tribunales y en ninguno han participado personas que estén en nómina del Ministerio Público
    EyR NewsBy EyR News23 de junio de 20246 Mins Read
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    PGR acuerdos
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    Santo Domingo. – La Procuraduría General de la República informó hoy que ante la contundencia de las pruebas que han presentado ante los tribunales en los casos de corrupción un total de 52 oficinas de abogados han representado a imputados de delitos de criminalidad organizada que firman con el Ministerio Público acuerdos para aceptar su culpabilidad y que, en todos los casos concluidos, sin excepción, han sido judicializados ante los tribunales.

    Al ofrecer la información, el Ministerio Público garantizó que en ninguno de esos acuerdos han participado personas que estén en su nómina.

    Entre los beneficiarios de estos acuerdos estarían los delatores del Ministerio Público y miembros de la estructura de fraude al Estado: Ramón Emilio Jiménez Collie (a) Mimilo, José Arturo Ureña Pérez, Fernando Crisóstomo Herrera, entre otros.

    COMUNICADO ÍNTEGRO

    Ante la contundencia de las pruebas, un total de 52 oficinas de abogados han representado a imputados de delitos de criminalidad organizada que firman con el Ministerio Público acuerdos para aceptar su culpabilidad y que, en todos los casos concluidos, sin excepción, han sido judicializados ante los tribunales.

    Al ofrecer la información, el Ministerio Público garantizó que en ninguno de esos acuerdos han participado personas que estén en su nómina.

    Con «procesos irregulares», empresa representada por José Arturo Ureña recibió más de RD$7,600 millones, pero NO está acusado

    Indicó que, desde 2020 el Ministerio Público, que encabeza la procuradora general Miriam Germán Brito, ha sido extremadamente cuidadoso y transparente con los acuerdos, razón por la que todos se han llevado hasta los tribunales y en ningún caso se ha aceptado intermediario alguno.

    Cada abogado que ha firmado un acuerdo en representación de su asistido ha sido testigo de que se le advierte que el documento debe sustentarse sobre la verdad, ser voluntario y que no se lo debe a nadie, sino al resultado de una actitud de cooperación frente a la contundencia de las investigaciones y a la aplicación estricta de la norma procesal penal vigente.

    En un comunicado difundido hoy, el Ministerio Público reconoce el derecho ciudadano de cuestionar las acciones de un órgano constitucional, un ejercicio válido y necesario en un Estado de derecho.

    Sin embargo, calificó de deshonesto y poco profesional cuestionar al Ministerio Público, de manera deliberada y aviesamente, máxime cuando las mentiras quedan evidenciadas con solo leer las acusaciones, acuerdos y demás actuaciones procesales que ha depositado el Ministerio Público ante los tribunales.

    Pretender que el Ministerio Público le atribuya a miembros del nivel medio de una estructura criminal toda la responsabilidad cuando las evidencias establecen de forma clara que la mayor parte de los recursos fue a parar a los principales acusados que desempeñaban funciones de primer orden en el Estado, es pedirle al órgano acusador que tome las decisiones más fáciles y que se sume como cómplice a la impunidad frente a la corrupción de la que un sector privilegiado estuvo disfrutado históricamente.

    “Es necesario que estén claros que por más campañas nacionales o internacionales que pongan en marcha, por más lobistas o voces afines que contraten, no vamos a detenernos ni a intimidarnos”, afirma el documento enviado a la prensa.

    Estas campañas tienen todas las características de no ser financiadas con recursos de patrimonio lícito, lo que obliga al Ministerio Público a tomar medidas cautelares para evitar que se sigan utilizando recursos para obstruir los procesos.

    Han llegado al extremo de querer fabular respeto a una persona contratada por el Ministerio Público a través de un proceso de evaluación y reclutamiento agotado mediante una firma consultora externa de gestión humana.

    Esa exempleada, que no labora hace meses en la institución, por demás nunca tuvo nada que ver con las áreas de persecución.

    Es preciso establecer que, el Ministerio Público no ha firmado ni un solo acuerdo con la oficina en la que laboró la persona en cuestión antes, durante o después de ser contratada. De modo que, además de constituirse en delito tipificado y sancionado por la Ley 53-07 esta fábula es deshonesta y nada profesional.

    Escudarse en un micrófono para atribuir al Ministerio Público pactos con empresas con las que no ha firmado ningún acuerdo y mezclar líneas de investigación de un caso judicializado con otros en etapa de investigación, lo menos que evidencia es un nulo esfuerzo profesional al informar a la ciudadanía y un gran interés en mantenerse ajeno a comunicar de manera objetiva.

    Los acuerdos de culpabilidad se realizan en todas las materias, siempre amparados en la normativa procesal penal.

    La Suprema Corte de Justicia, la comunidad jurídica y la cooperación jurídica internacional han reclamado de manera permanente que se apliquen las soluciones alternas al proceso penal, una práctica que no es novedosa en el sistema acusatorio. Sobre todo, en materia de criminalidad organizada, en la que suelen ser de vital importancia para desmantelar las cabezas de las organizaciones criminales.

    El órgano especifico que para comprobar la veracidad de esta aseveración es suficiente con ver los acuerdos que se realizan en Italia desde los tiempos del juez Falcone, en Colombia, Estados Unidos, Chile, Costa Rica y cientos de países que tienen un sistema acusatorio.

    El Ministerio Público no contrata opinadores para que mientan en su favor, ni manipula la verdad por intereses particulares. Sus acusaciones son públicas en la etapa procesal correspondiente y están disponibles en los tribunales para cualquier ciudadano que las quiera leer.

    De hecho, el MP procederá a subir todas las acusaciones y actos procesales a su  portal https://transparencia.pgr.gob.do para una mayor edificación de la sociedad. Así, quien quiera podrá determinar, con base a pruebas, quién miente, por ejemplo, atribuyendo cantidades de dinero exorbitantes a imputados de nivel medio cuando quien hace los alegatos públicos sabe que las pruebas demuestran que la mayor parte de esos recursos engrosaban las cuentas bancarias de exfuncionarios públicos a los que representa y que hoy pagan las campañas millonarias para atacar la acusación con mentiras, en lugar de defenderse en los tribunales del arsenal de pruebas depositadas por el Ministerio Público.

    Aplicar soluciones alternas es una práctica propia de los sistemas acusatorios como el dominicano.

    La normativa procesal penal dominicana tiene varios procedimientos especiales enfocados en buscar soluciones alternas, entre los que destacan: procedimiento penal abreviado pleno, parcial, conciliación mediación, criterio de oportunidad para delitos ordinarios, criterios de oportunidad para delitos propios de crimen organizado, suspensión condicional del procedimiento, entre otros.

    Sin sorpresa hemos visto cómo algunos abogados atacan los criterios de oportunidad cuando se otorgan en contra de testigos de sus clientes, pero han sido sus defensores cuando lo solicitan para otros de sus clientes; es decir, que la misma figura jurídica es buena o mala según les beneficie.

    Finalmente, el MP reitera ante la población dominicana el compromiso de perseguir todos los delitos, sin importar quienes los cometan, como lo han venido haciendo y como lo comprueban los distintos procesos que han puesto en marcha, porque así como la ley no distingue entre seres humanos, no lo puede hacer ni lo hará este Ministerio Público.

    Donald Guerrero EyR News Fernando Crisóstomo Herrera Gonzalo Castillo José Arturo Ureña Pérez José Ramón Peralta Mimilo Jiménez Ministerio Público Operación Calamar PortadaFija Ramón Emilio Jiménez Collie
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